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Existencias de servicios

Si su empresa trabaja por proyectos, tal vez deba contabilizar existencias en su activo.

Existencias de servicios

Video elaborado con Inteligencia Artificial – Gemini NotebookLM 

Cuando una empresa vende mercancías, a final de año debe hacer el recuento de las existencias que tiene en su almacén: si su valor ha disminuido respecto al valor de las que tenía al inicio del año, debe computar un gasto en su contabilidad (pues se han consumido existencias); si su valor ha aumentado, debe computar un ingreso.

Pues bien, tenga en cuenta que, si su empresa presta servicios, es posible que también deba contabilizar existencias. En concreto, esto ocurrirá si trabaja por proyectos e incurre en gastos que a final de año todavía no ha facturado (por ejemplo, porque factura cuando acaba el proyecto).

En estos casos, al cerrar las cuentas de cada año deberá activar como existencias los gastos imputables a los proyectos que todavía no haya finalizado y facturado al final del ejercicio. Más adelante, cuando finalice el proyecto y contabilice el ingreso por ventas, podrá dar de baja las existencias y computar el gasto correspondiente.

Por ejemplo, supongamos que su empresa se dedica a la ingeniería industrial y en octubre de este año inicia un proyecto que terminará en junio de 2027. Pues bien, si a 31 de diciembre de 2026 ha incurrido en 13.600 euros de gastos que son imputables a dicho proyecto (salario del ingeniero responsable, gastos de desplazamiento, material de oficina, maquetas…), al cerrar las cuenta de 2026 deberá contabilizar un ingreso por variación de existencias de 13.600 euros. Este ingreso compensará los gastos que habrá contabilizado y que son imputables al proyecto. En 2027, al facturar el proyecto, ya podrá dar de baja estas existencias y contabilizar un gasto por reducción de existencias (también de 13.600 euros). 

Si presta servicios continuados (asesoría, seguridad…), no deberá contabilizar existencias, pues su derecho a cobrar los servicios prestados hasta el 31 de diciembre ya existe a esa fecha (en el caso de los servicios por proyectos, en cambio, el derecho a cobrar no nace hasta que se finaliza el proyecto). En caso de servicios continuados, contabilice los ingresos devengados hasta final de año (aunque los cobre en el mes siguiente) y dedúzcase todos los gastos contabilizados.

 

Cuando llegue el momento de cerrar las cuentas de su empresa, consúltenos. Nuestros profesionales resolverán todas las dudas que se le planteen al respecto.

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